San Agustín, Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad
UNESCO - 1.995
Nuestro municipio, como todos los municipios de Colombia, posee un Patrimonio Arqueológico de incalculable valor e importancia. En estos sitios yacen los restos de las actividades humanas en el pasado y son la única ventana que existe para poder conocer la historia de los pueblos prehispánicos que no usaron documentos escritos. Para poder obtener esa información, los arqueólogos adelantan investigaciones científicas cuidadosas y análisis de laboratorio de las muestras obtenidas en excavaciones controladas. Esa información permite reconstruir la vida diaria de sociedades y familias que vivieron hace cientos o miles de años.

Esos restos arqueológicos no son propiedad privada.

Los restos arqueológicos son legalmente bienes pertenecientes a la Nación y deben ser protegidos por todos los colombianos.

El Estado también está obligado a proteger y preservar esos restos y la entidad encargada de asesorar a todas las entidades y personas en esa tarea es el Instituto Colombiano de Antropología e Historia— ICANH a través del Grupo Arqueología y Patrimonio.

En los casos en que se necesitan visitas de arqueólogos (para evaluar sitios, colecciones o dictar charlas) nuestra institución impartirá la asesoría y en los casos que así lo amerite enviará sus arqueólogos. Adicionalmente, contamos con una red de arqueólogos independientes y de centros de investigación en todo el país que están en permanente contacto y que colaboran con el ICANH para prestar ciertas asesorías en el lugar. Como apoyo a estas labores, el ICANH publica información sobre legislación y manejo del Patrimonio y también realiza varios de los trámites necesarios para su intervención y manejo.

Toda intervención de sitios y bienes arqueológicos requiere autorización del Estado El ICANH realiza los trámites para dichas autorizaciones para asegurar que las intervenciones y excavaciones sean adelantadas por arqueólogos capacitados. Las autoridades locales pueden exigir a los arqueólogos la Licencia de Estudio Arqueológico vigente.

El Estado puede declarar áreas geográficas como áreas especiales de protección por contener bienes arqueológicos de gran importancia y ese trámite se hace a través del ICANH y del Ministerio de Cultura. Los municipios y departamentos pueden adelantar las declaraciones de áreas protegidas a través de los POTs, de común acuerdo con el Ministerio de Cultura y el ICANH.

Las colecciones de Bienes Muebles del Patrimonio Arqueológico deben ser registradas ante el ICANH para legalizar su tenencia y realizar su seguimiento. Los directores de las Casas de Cultura pueden pedir los formatos y adelantar el registro.

La información arqueológica sobre el Patrimonio colombiano debe ser conocida por todos y el ICANH adelanta programas de difusión académica mediante publicaciones, exposiciones en museos arqueológicos y la atención al público en su biblioteca y centro de documentación en Bogotá. El ICANH asesora también a museos locales, casas de cultura y laboratorios universitarios.

Para obtener información arqueológica se puede consultar telefónicamente, por correo o por correo electrónico o se pueden consultar los siguientes sitios internet del ICANH:
www.icanh.gov.co, sinic.mincultura.gov.co/arqueologia.

Las obras civiles pueden alterar sitios arqueológicos. Todo provecto de infraestructura debe contar con un plan para protegerlos. Igualmente es recomendable que su administración realice labores de arqueología preventiva en coordinación con las empresas que ejecutan dichas obras.

Corresponde los ciudadanos y las autoridades locales defender el Patrimonio Arqueológico Nacional que se encuentra en su territorio. Si existen intervenciones no autorizadas de sitios y bienes arqueológicos se deben detener las obras, decomisar los bienes muebles, vigilar el lugar y dar aviso al ICANH para efectuar el registro y manejo adecuado del Patrimonio.

Es ilegal “guaquear” (saquear tumbas prehispánicas) y es considerado falta gravísima contra la Nación.

Si existen bienes arqueológicos que están siendo trasladados hacia el exterior, deben decomisarse y se debe dar aviso del decomiso al ICANH, quien determinará el paradero final de las piezas. Explotar y exportar bienes arqueológicos es ilícito y se considera falta gravísima contra la Nación. Si existen colecciones arqueológicas o con fines educativos, científicos o culturales, la entidad o persona responsable debe registrar la colección ante el ICANH para formalizar su tenencia (la propiedad permanece en manos de la Nación).

Solicite al ICANH información adicional sobre la legislación vigente, visite nuestra página web o escribanos a nuestro correo electrónico. Estaremos complacidos en servirle.

Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH
Calle 12 No. 2-41 / A.A. 407
Teléfonos: 5619896 / 3426449 / 5619333
Fax: 2811051
Santafé de Bogota D.C.

vgonzalez@mincultura.gov.co